La víctima de un accidente de tránsito que sufrió una lesión personal permanente, tiene derecho de manera adicional a su tratamiento médico, a obtener la reparación económica que corresponde a la gravedad de la lesión y la afectación que esta le genera en su cotidianidad y entorno laboral dependiendo a su vez, de la labor que desempeñe, para lo cual se dispone de una entidad médica autorizada que así lo acredita y de manera posterior se efectúa una liquidación que arroja el valor a indemnizar, correspondiendo ello a disposiciones expresas legales.
Reclamación por muerte y gastos funerarios
Cuando fruto de un accidente de tránsito, infortunadamente, la víctima fallece, bien sea en el lugar de los hechos o de manera posterior a haber recibido atención médica, existe un derecho a ser indemnizado por esta pérdida, los acreedores de esta reparación deben acreditar su calidad respecto de la víctima, donde en algunos casos, es necesario acudir a mecanismos legales mediante los cuales se prueba el derecho a ser reparado, ante lo que nuestra firma cuenta con Abogados especialistas que de forma pronta y oportuna dan inicio y trámite a los mismos, de manera que no exista vencimiento de términos para ninguna de las distintas acciones que deben agotarse en estos casos.